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title: "Viajar a EEUU tendrá un nuevo requisito desde noviembre: quiénes deberán presentar una declaración obligatoria antes de abordar el avión"
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description: "Los viajes internacionales hacia Estados Unidos tendrán un nuevo requisito sanitario desde noviembre de 2026. La medida forma parte de la respuesta federal ante un brote de ébola en África central y busca evitar que personas expuestas al virus lleguen al territorio estadounidense durante el período en que podrían desarrollar síntomas."
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date_published: "2026-10-30T19:30:00-03:00"
date_modified: "2026-10-30T22:38:32-03:00"
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# Viajar a EEUU tendrá un nuevo requisito desde noviembre: quiénes deberán presentar una declaración obligatoria antes de abordar el avión

**![95668_visas](/download/multimedia.normal.b79a03259e03d078.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)**

**Los viajes internacionales hacia Estados Unidos tendrán un nuevo requisito sanitario desde noviembre de 2026. La medida forma parte de la respuesta federal ante un brote de ébola en África central y busca evitar que personas expuestas al virus lleguen al territorio estadounidense durante el período en que podrían desarrollar síntomas.**  
La disposición fue emitida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) y**se aplicará a personas de cualquier nacionalidad que viajen desde otro país en una aeronave con destino a Estados Unidos**. Su alcance también comprende los itinerarios en los que el territorio estadounidense sea un punto de conexión antes de continuar hacia otro destino.

**Quiénes deben presentar la declaración**

La orden de los CDC establece que, desde las 23:59 del 3 de noviembre de 2026, hora estándar del Este,**todas las personas que viajen en una aeronave desde el extranjero hacia Estados Unidos deberán presentar una declaración firmada. El documento certificará que no estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al embarque.**

**El requisito comprende a ciudadanos estadounidenses, nacionales de Estados Unidos, residentes permanentes legales y extranjeros, sin distinción de nacionalidad ni del país desde el cual parta el vuelo. La modificación de la orden, emitida el 28 de octubre, también aclaró que la obligación alcanza a los integrantes de las tripulaciones, tanto de aeronaves de pasajeros como de carga.  
  
Los CDC contemplan excepciones para aeronaves que transporten personas con ébola bajo autorización del Gobierno estadounidense y para individuos que reciban una exención específica por motivos humanitarios u otras consideraciones gubernamentales importantes, como una evacuación médica de emergencia.**

**Qué cuenta como presencia en la República Democrática del Congo**

**La declaración no se limita a quienes hayan ingresado formalmente a la República Democrática del Congo o permanecido en su territorio. Los CDC consideran que una persona estuvo en el país si tuvo presencia física en él por vía aérea, terrestre o marítima durante el período establecido.  
  
Esto significa que una escala en un aeropuerto congoleño también cuenta, incluso si el viajero no salió de la terminal, no atravesó los controles migratorios o permaneció dentro del avión durante una parada. La única excepción contemplada para el tránsito aéreo corresponde a las aeronaves que sobrevuelan el territorio sin aterrizar.  
**Quienes hayan estado en la República Democrática del Congo deberán esperar 21 días completos fuera del país antes de abordar un vuelo hacia Estados Unidos**. Los CDC utilizan un sistema de cómputo por días calendario: la fecha de salida se considera el día 0 y el primer día completo fuera del territorio congoleño corresponde al día 1.**

**Vigencia de la medida y consecuencias por información falsa**

**La declaración se presenta bajo las disposiciones federales que sancionan la entrega consciente y deliberada de información falsa al Gobierno de Estados Unidos. La orden remite a la sección 1001 del título 18 del Código de Estados Unidos, que contempla **multas y penas de prisión para quienes incurran en esa conducta.****

Además de las posibles consecuencias legales, **no presentar el documento impedirá abordar el vuelo, s**alvo que la persona cuente con una exención oficial. Las aerolíneas no podrán reemplazar la certificación por una explicación verbal ni autorizar excepciones por decisión propia.

**La orden enmendada de los CDC permanecerá vigente hasta que la agencia la modifique o rescinda, o hasta las 23:59 del 18 de diciembre de 2026, lo que ocurra primero.**

La posibilidad de mantener o ampliar las restricciones dependerá de la evolución del brote, los nuevos casos, su expansión geográfica, los indicadores de transmisión comunitaria y la capacidad de respuesta sanitaria en las regiones afectadas.

El organismo informó el 28 de octubre que no se habían confirmado casos de ébola vinculados con este brote en Estados Unidos y que el riesgo general para la población estadounidense y los viajeros seguía siendo bajo. La certificación forma parte de las medidas preventivas adoptadas para reducir el riesgo de importación de la enfermedad. /[Infobae](https://www.infobae.com/estados-unidos/2026/10/30/viajar-a-eeuu-tendra-un-nuevo-requisito-desde-noviembre-quienes-deberan-presentar-una-declaracion-obligatoria-antes-de-abordar-el-avion/)

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