Estacionamiento medido: la Justicia declaró nulo el contrato alfarista y la Municipalidad realizaría una nueva licitación

La Justicia declaró nulo el contrato del estacionamiento medido que asignaba el 85% de lo recaudado a la empresa concesionaria. La Municipalidad de SMT anunciaría una nueva licitación para retomar el servicio.

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La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo falló recientemente a favor de los demandantes que cuestionaron el contrato firmado en 2022 para la concesión del estacionamiento medido en San Miguel de Tucumán, declarando nulo el decreto municipal 4.711/21, impulsado por el entonces intendente Germán Alfaro. Dicho decreto establecía que la empresa Tecno Agro Vial, integrada en una unión transitoria de empresas (UTE) con Teknoware SA, se quedaría con el 85% de lo recaudado por el sistema, mientras que sólo un 15% ingresaría a las arcas municipales.

Esta decisión judicial representa un revés importante para el contrato firmado durante la gestión alfarista, aunque no pone en duda la potestad del municipio para cobrar por el servicio. Lo que objetó el tribunal fue la razonabilidad del canon económico estipulado, considerado “exageradamente desproporcionado” en perjuicio del municipio capitalino.

El sistema de estacionamiento medido comenzó a funcionar en julio de 2022, abarcando aproximadamente 300 cuadras de San Miguel de Tucumán, un área con una intensa circulación vehicular que, según datos oficiales, pasó de 176.000 vehículos diarios en 2017 a cerca de 284.000 en 2023. Esto generaba ingresos millonarios para la concesionaria que brindaba el servicio a través de una aplicación móvil, pero también numerosas quejas y demandas judiciales.

Las acciones legales fueron promovidas por la Defensoría del Pueblo, la organización de usuarios Fodecus y grupos afectados como “cuidacoches” y frentistas, quienes impulsaron un amparo colectivo que dio lugar a una medida cautelar que suspendió el sistema sólo 45 días después de su puesta en marcha. Desde entonces, el servicio permanece paralizado a la espera del fallo definitivo.

El fallo, firmado por las juezas Ana María José Nazur y Felicitas Masaguer, establece que al momento de presentar la oferta al municipio, la empresa Tecno Agro Vial estaba en concurso preventivo, una condición que según el pliego de bases y condiciones (PBC) impide formalizar contratos con el Estado. Por lo tanto, la firma habría violado el principio de buena fe contractual, fundamental en los contratos administrativos.

La historia del estacionamiento medido en San Miguel de Tucumán se remonta a 2015, cuando el Concejo Deliberante sancionó la ordenanza 4.758 que estableció el marco legal para su implementación. Después de dos intentos fallidos de licitación pública, el Ejecutivo municipal optó por la contratación directa con la UTE conformada para tal fin. El decreto 4.711 de 2021 formalizó la adjudicación, y el contrato se protocolizó en los primeros meses de 2022.

Las juezas aclararon que el tribunal no juzga la política pública detrás del estacionamiento medido, sino que su análisis se limita a verificar la legalidad de la decisión administrativa. Según el fallo, tanto el decreto municipal como el contrato carecen de validez debido al incumplimiento del requisito de que la empresa concesionaria no estuviera concursada.

Además, el tribunal subrayó que ninguna área técnica del municipio evaluó la coherencia entre la oferta económica presentada por la UTE y el canon que ésta debía abonar, algo esencial debido a la extensión territorial del servicio y a los principios de razonabilidad que deben guiar las contrataciones administrativas.

Este fallo marca un precedente importante para la contratación pública en la ciudad, poniendo en evidencia la necesidad de mayor rigurosidad y transparencia en las concesiones y contratos municipales. La expectativa ahora gira en torno a si la UTE apelará la sentencia.

Mientras tanto, la actual gestión municipal encabezada por la intendenta Rossana Chahla manifestó su intención de avanzar con una nueva licitación para reactivar el estacionamiento medido en San Miguel de Tucumán, reafirmando que la ordenanza que regula el sistema sigue vigente y que el fallo no afecta su marco normativo, sino únicamente el contrato firmado durante el gobierno anterior. /Tucumán Digital