Inocencia fiscal: desde qué montos ARCA podrá denunciar por evasión a un contribuyente

31 de diciembre de 2025

arca

El Gobierno nacional se prepara para avanzar esta semana en el Senado con el proyecto de Inocencia Fiscal, una de las iniciativas clave del paquete económico que impulsa la gestión de Javier Milei. La propuesta redefine los parámetros a partir de los cuales un contribuyente puede ser denunciado penalmente por evasión impositiva y eleva de manera significativa los montos mínimos contemplados en el Régimen Penal Tributario.

El debate está previsto para este viernes y, de aprobarse, el nuevo esquema quedará alineado con la estrategia oficial de incentivar la declaración de activos no registrados —los denominados “dólares del colchón”— y otorgar previsibilidad jurídica a los contribuyentes de cara a futuras administraciones.

Nuevos umbrales para configurar evasión

El proyecto modifica el Régimen Penal Tributario y establece que la evasión simple comenzará a ser considerada delito a partir de los $100 millones, muy por encima de los valores vigentes hasta ahora. No obstante, especialistas aclaran que no todo monto que supere ese piso configura automáticamente un delito penal.

“El delito de evasión tiene dos requisitos: superar el umbral que fija la ley y haber incumplido de manera deliberada una obligación impositiva”, explicó Martín Caranta, socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich. De ese modo, la conducta subjetiva del contribuyente seguirá siendo un elemento central en la evaluación de cada caso.

Evasión agravada y casos especiales

En el caso de la evasión agravada, el monto mínimo se elevará a $1.000 millones, frente a los $15 millones actuales. A su vez, cuando intervengan estructuras jurídicas, personas interpuestas o mecanismos que dificulten identificar al verdadero responsable, el umbral pasará de $2 millones a $200 millones.

Ese mismo monto se aplicará cuando se utilicen de forma fraudulenta exenciones o beneficios fiscales. En tanto, si se emplean facturas o documentación apócrifa, la evasión agravada se configurará desde los $100 millones, cuando hasta ahora el piso era de apenas $1,5 millones.

Por qué el Gobierno impulsa estos cambios

Desde el oficialismo sostienen que los montos vigentes habían quedado completamente desactualizados por la inflación. En ese sentido, Noelia Girardi, gerente de impuestos del mismo estudio, remarcó que “los importes no se actualizaban desde hace años y cualquier contribuyente podía quedar alcanzado por una figura penal de manera desproporcionada”.

No obstante, aclaró que delitos que no dependen de montos —como la insolvencia fiscal fraudulenta o la adulteración de registros— no sufrirán modificaciones y seguirán siendo punibles en los términos actuales.

Multas automáticas, el punto más sensible

Uno de los aspectos más discutidos del proyecto es el régimen de multas automáticas. De mantenerse el texto original, las sanciones se actualizarían con incrementos superiores al 110.000%. A modo de ejemplo, una multa de $200 para personas físicas pasaría a $220.000, y la de personas jurídicas escalaría de $400 a $440.000.

La reacción de contadores y tributaristas llevó al ministro de Economía Luis Caputo a anticipar cambios en la reglamentación para evitar la aplicación automática de sanciones ante incumplimientos formales.

Cómo actuará ARCA ante incumplimientos

Caputo confirmó que la ARCA no aplicará multas de manera inmediata cuando un contribuyente no presente una declaración jurada en término. En su lugar, se enviará primero un recordatorio otorgando un plazo adicional de entre 10 y 15 días hábiles para regularizar la situación.

Recién una vez vencido ese período, el organismo podrá intimar y eventualmente aplicar una multa, teniendo en cuenta la cantidad de días de demora y diferenciando incumplimientos ocasionales de conductas reiteradas. /Vove Tucumán