Opositores impulsan una ley integral de transparencia y trazabilidad patrimonial en Tucumán
20 de junio de 2026
Legisladores opositores presentaron formalmente el proyecto de «Ley de Trazabilidad y Transparencia de la Evolución Patrimonial de Funcionarios Públicos de la Provincia». La iniciativa, impulsada por el legislador Manuel Courel y firmada también por José Seleme, Silvia Elías de Pérez, José Cano, Agustín Romano Norri y Raquel Nievas, busca establecer un régimen para prevenir el enriquecimiento ilícito y garantizar mecanismos efectivos de rendición de cuentas.
La presentación de este expediente (218-PL-26) surge como respuesta directa al reciente escándalo que envuelve a la intendenta de Graneros, Raquel Graneros. La jefa municipal fue denunciada por presunto enriquecimiento ilícito tras un informe periodístico que reveló la supuesta compra de una vivienda de 1 millón de dólares en un country de Yerba Buena. La causa, impulsada por el propio Courel junto a otros dirigentes, generó fuerte indignación debido a que Graneros es uno de los departamentos con mayor pobreza multidimensional y carencias estructurales de la provincia.
¿A quiénes abarcaría la medida?
El artículo 2 del proyecto establece un universo exhaustivo de sujetos obligados, abarcando prácticamente todas las esferas de decisión del Estado. Deberán presentar sus declaraciones:
Gobernador, vicegobernador, ministros y legisladores.
Jueces de la Corte Suprema, magistrados de todas las instancias, fiscales, defensores y funcionarios del Poder Judicial con rango no inferior a secretario.
Intendentes, concejales y delegados comunales.
Jefes de la Policía de la Provincia y autoridades del Servicio Penitenciario.
Candidatos a cargos públicos electivos, quienes no podrán oficializar su postulación si adeudan este trámite.
Titulares y directores de empresas del Estado, entes autárquicos y sociedades con participación estatal.
Novedades del régimen: de la criptomoneda al control posmandato
El proyecto busca dejar atrás las declaraciones juradas de papel estáticas para implementar un sistema dinámico y de acceso público. Entre sus puntos más destacados se incluyen:
Bienes a declarar: Se exige detallar inmuebles, vehículos, acciones, saldos bancarios, dinero en efectivo, criptomonedas, deudas, créditos y fondos administrados en fideicomisos.
Declaración de intereses: Los funcionarios deberán informar sus actividades privadas, cargos en sociedades, estudios o fundaciones en los tres años previos a asumir, para prevenir conflictos de interés con proveedores del Estado.
Control posterior al mandato: Quienes dejen la función pública deberán seguir presentando sus declaraciones juradas anuales durante los cinco años posteriores a su cese.
Acceso público y digital: Las declaraciones se presentarán mediante formularios electrónicos y se publicarán en internet en formatos abiertos y descargables.
Protección de datos sensibles: Se mantendrán en un anexo reservado los domicilios exactos, números de cuentas bancarias y datos que puedan afectar la seguridad o intimidad del funcionario.
Tres Órganos de Control independientes
Para garantizar la aplicación de la norma y evitar la concentración de poder, la ley estipula la creación de tres Órganos de Control específicos: uno para el Poder Ejecutivo (y municipios), otro para el Poder Legislativo y un tercero para el Sistema Judicial.
Estos entes tendrán la facultad de cruzar información en tiempo real con registros de la propiedad, automotor y bancos. Si del análisis de una declaración surgen indicios de falsedad, omisión maliciosa o un incremento patrimonial no justificado que el funcionario no pueda explicar, el Órgano de Control deberá remitir los antecedentes de manera inmediata al Ministerio Público Fiscal o a la autoridad judicial competente. /Enterate Noticias






