

Condenan en forma condicional a dos jóvenes por planificar ataques contra la comunidad judía en Tucumán
17 de septiembre de 2026
Parte de las armas que se secuestraron durante los allanamientos.
La Justicia federal de Tucumán condenó a Rafael Chibilisco Guzmán y Leandro Fregenal, de 26 y 28 años, a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de intimidación pública agravada por odio religioso. Ambos admitieron su responsabilidad en el marco de un acuerdo de juicio abreviado.
La sentencia fue dictada por el juez Pablo Toledo, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, luego de homologar el acuerdo impulsado por la Fiscalía General ante ese tribunal. La investigación determinó que los acusados habían intercambiado mensajes en los que anticipaban acciones de hostigamiento y posibles ataques contra integrantes e instituciones de la comunidad judía de la provincia.
La causa comenzó en 2020, a partir de una denuncia presentada por la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA). Inicialmente fue radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pero luego pasó a la Justicia federal tucumana por una cuestión de competencia territorial.
De acuerdo con la investigación, Chibilisco Guzmán y Fregenal utilizaban aplicaciones de mensajería como WhatsApp y Telegram para difundir contenidos de ideología nacionalsocialista y antisemita, expresiones negacionistas del Holocausto y referencias a hechos violentos contra la comunidad judía.
La pesquisa tomó mayor gravedad en abril de 2021, cuando una ampliación de la denuncia alertó sobre mensajes que describían la posibilidad de un ataque coordinado durante el Shabat. Frente a esa advertencia, la Fiscalía Federal N° 2 solicitó allanamientos y órdenes de detención, que fueron autorizados por el Juzgado Federal N° 2 de Tucumán.
Los procedimientos fueron realizados por personal de la Unidad de Investigación Antiterrorista de la Policía Federal Argentina. Durante los allanamientos se secuestraron armas de fuego cortas y largas, armas blancas, equipos de radiocomunicación, teléfonos, computadoras, bibliografía nazi y otros elementos vinculados con organizaciones y discursos de odio.
En marzo de 2022, el fiscal federal Agustín Chit había requerido la elevación de la causa a juicio. Posteriormente, el fiscal general subrogante Pablo Camuña, junto al auxiliar fiscal Daniel Weisemberg, impulsó el acuerdo que permitió cerrar el expediente mediante juicio abreviado, con la conformidad de los imputados y de la DAIA, que intervino como querellante.
La Fiscalía modificó la calificación inicialmente atribuida y sostuvo que la prueba reunida permitía acreditar la difusión de mensajes violentos y antisemitas, aunque no alcanzaba para establecer una incitación pública, directa e inequívoca dirigida a terceros para ejecutar actos concretos de violencia colectiva.
Además de la pena en suspenso, los condenados deberán cumplir reglas de conducta durante tres años: fijar residencia, someterse al control judicial y abstenerse de participar o vincularse con organizaciones y actividades extremistas. También se dispuso el decomiso definitivo de las armas, dispositivos y material propagandístico incautado. /Contexto






