Prohíben la venta de productos para la piel: falta de autorización sanitaria y posible delito contra la salud pública, advierte ANMAT

21 de septiembre de 2026

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el territorio nacional la comercialización, distribución y uso de diversos productos dermatológicos y otros artículos destinados a medicina humana que carecían de autorización sanitaria. La decisión también incluyó una denuncia penal por la presunta comisión de delitos contra la salud pública y una segunda disposición que impide el uso de determinados insumos médicos robados.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 5970/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, luego de una investigación iniciada a partir de la denuncia de una consumidora que había adquirido un producto promocionado para distintos tratamientos dermatológicos.

De acuerdo con el organismo, el artículo era comercializado como una "Solución Tópica" indicada para la eliminación de verrugas, el tratamiento de condilomas acuminados vinculados al virus del papiloma humano (VPH), queratosis, tejido hiperplásico, cicatrices verrugosas y procedimientos de peeling para pieles acneicas y gruesas. Debido a las propiedades terapéuticas que se le atribuían, la ANMAT determinó que debía ser considerado un medicamento.

Durante las actuaciones, el organismo también constató la existencia del sitio web www.caflab.ar, donde se ofrecían otros productos de características similares.

La Dirección de Gestión de Información Técnica informó que la firma "Laboratorio Caflab" no figuraba inscripta en los registros correspondientes a medicamentos, tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales, productos médicos, productos para diagnóstico de uso "in vitro" ni productos cosméticos.

Asimismo, la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires confirmó que no existía ningún establecimiento farmacéutico habilitado bajo la denominación "Laboratorio Caflab Applied Science". La investigación también determinó que el domicilio declarado por la firma en Luis Guillón tampoco contaba con habilitación ni registraba trámites de autorización sanitaria.

En los fundamentos de la resolución, la ANMAT advirtió que tanto el producto denunciado como los restantes artículos comercializados por esa empresa no se encuentran registrados, por lo que se desconocen las condiciones de elaboración y su composición real.

El organismo señaló además que los productos eran elaborados en un establecimiento no habilitado y distribuidos fuera de los canales autorizados, circunstancias que representan un riesgo para la salud de los potenciales pacientes.

La disposición también establece que cualquier otra especialidad medicinal o preparación atribuida a esa firma carece de autorización para su elaboración, fraccionamiento o distribución en el país.

Como consecuencia de las irregularidades detectadas, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ANMAT presentó una denuncia penal al considerar que podrían configurarse delitos contra la salud pública.

En paralelo, el organismo nacional publicó la Disposición 5979/2026, mediante la cual prohibió el uso, la comercialización y la distribución de determinadas unidades de productos médicos de la empresa Medtronic que habían sido denunciadas como robadas en la ciudad de Rosario.

La medida alcanza a reservorios para bombas de insulina Paradigm, sets de infusión subcutánea MiniMed y sensores Guardian 4 destinados al monitoreo continuo de glucosa.

Según precisó la ANMAT, la prohibición obedece a que se trata de unidades individualizadas cuyo estado y condiciones actuales se desconocen, situación que impide garantizar su trazabilidad y fiscalización conforme a la normativa sanitaria vigente. /Contexto