Dos condenas en una semana: Diego Zerda sumó una pena federal por tenencia de drogas tras el fallo por instigar el suicidio de Karla Robles

El periplo penal de Diego Zerda cerró en menos de una semana dos capítulos judiciales de naturalezas disímiles, pero marcados por la misma constante: la acreditación de su responsabilidad penal en los estrados. 
05 de noviembre de 2026

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El 26 de octubre, los tribunales ordinarios provinciales lo condenaron a cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo al hallarlo culpable de haber instigado el suicidio de su expareja, Karla Robles, a quien sometió a un asedio sistemático que incluyó intimidaciones, amenazas de maleficios y el hostigamiento telefónico que desembocó en la trágica transmisión en vivo de la joven en octubre de 2025.

Aquel pronunciamiento, que conmovió a la opinión pública tucumana, fijó además la continuidad de su encierro en el complejo penitenciario de Benjamín Paz. Apenas tres días después de escuchar ese veredicto en el fuero común, Zerda compareció ante la justicia federal para resolver una causa que llevaba una década abierta. En los registros del tribunal oral en lo criminal de Tucumán, el expediente FTU N.º 19 001/2016 caratulado “Zerda, Diego y otro s/ Infracción ley 23 737” encontró su desenlace mediante un trámite abreviado que encabezó el juez del TOF Pablo Toledo, donde el imputado admitió formalmente los cargos para evitar el debate oral y público.

El acuerdo fue celebrado entre el fiscal general subrogante Pablo Camuña y el defensor público oficial Mariano Galletta, con la intervención de la defensora coadyuvante Verónica Mibelli.

Según el instrumento del ministerio público fiscal, los acusados “solicitaron formalmente se celebre la audiencia de juicio abreviado” y prestaron “expresa conformidad para su realización”, y admitieron la calificación legal de “tenencia simple de estupefacientes” bajo los términos del artículo 14, primer párrafo, de la ley 23 737.

La persecución en barrio Sur y el cargamento bajo la camioneta

Los hechos ventilados en la sede federal se remontan a la madrugada del 20 de septiembre de 2016, alrededor de las 5.30. En aquel momento, un policía de la provincia asignado a la custodia de un templo en calle Las Piedras al 900 advirtió maniobras sospechosas en la esquina con La Rioja: de un automóvil Chevrolet Astra descendieron dos jóvenes, entre ellos Zerda, quien “ocultó un objeto debajo de sus prendas de vestir” para luego emprender la marcha hacia el sur.

Alertado por un encargado de edificio de la cuadra, el uniformado inició un seguimiento a pie que precipitó una persecución callejera. Al alcanzar la esquina de La Rioja y Lamadrid, ambos emprendieron la huida a la carrera. En ese trayecto, Zerda se desprendió del bulto arrojando “debajo de una camioneta estacionada una bolsa plástica de color verde, que llevaba consigo”.

Al requisar lo que había abandonado en la vía pública, las fuerzas de seguridad secuestraron dos paquetes compactos que contenían “un peso total de 1524,54 gramos de marihuana”, y procedieron al arresto inmediato de los dos ocupantes del rodado.

El dictamen fiscal estableció un tratamiento procesal diferenciado para quien viajaba como acompañante en el automóvil. Al momento del procedimiento policial en 2016, el joven contaba con 17 años de edad, “circunstancia que determina que su situación procesal y la eventual respuesta penal deban ser examinadas a la luz de las disposiciones del Régimen Penal previsto en la ley 22 278” y las normas tutelares de la Convención sobre los Derechos del Niño. En función del principio de mínima intervención penal, la fiscalía solicitó su absolución formal.

En contrapartida, la situación de Zerda no tuvo atenuantes. El ministerio público fiscal requirió que se lo condene a la pena de “un año de prisión, accesorias legales, multa de $ 67 500, y las costas del presente proceso, por ser autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes”, sanción que quedó fijada bajo modalidad de ejecución condicional. El propio texto del acta dejó asentada la sombra del proceso penal ordinario que Zerda arrastraba desde los tribunales provinciales: el informe oficial puntualizó que el imputado “registra una condena pronunciada por el fuero ordinario de esta provincia que aún no se encuentra firme”. De este modo, en un lapso inferior a las noventa y seis horas, el acusado sumó una segunda declaración judicial de culpabilidad, acumulando una condena por estupefacientes al fallo que lo sentenció a cuatro años y medio de encierro por haber acorralado psicológicamente a Karla Robles hasta su muerte. Y si la condena por la muerte de Karla queda firme, podrán sumarse ambas penas. /La Gaceta